sábado, 20 de agosto de 2011

CAPÍTULO III: DOCTRINA CURRICULAR

1. DOCTRINA CURRICULAR: CONCEPTO, IMPORTANCIA Y CARACTERÍSTICAS

El plan curricular, que expresa la particular manera de concebir y formar a un profesional, comprende y constituye, a su vez, la opción asumida por la universidad respecto a una determinada concepción de educación universitaria y del currículo, opción que es la manifestación de lo que suele denominarse doctrina curricular.
    Entendemos por doctrina curricular el conjunto de proposiciones de carácter normativo que determinan lo que en una universidad deberá entenderse y aplicarse en torno al currículo, al plan curricular, a los procesos curriculares, y a los campos, elementos y sujetos que intervienen. Constituye el conjunto de decisiones que en materia curricular se asumen y formulan con el propósito de lograr cierta uniformidad en la concepción, aplicación y evaluación del currículo; lo cual homogeniza el lenguaje y el trabajo en materia curricular y le da coherencia y direccionalidad, evitando el empleo impreciso, hiperdiversificado y confuso que suele observarse.     
    No se pretende con este cuerpo doctrinario parametrar el trabajo de la comunidad universitaria en lo curricular, sino darle cierta unidad y coherencia de modo que todos quienes se dedican a la docencia universitaria conozcan y se desenvuelvan dentro de los marcos que constituyen la opción institucional. Ello permite el enriquecimiento del fenómeno curricular dentro de lo establecido, y su evaluación crítica, a fin de posibilitar su mejora u optimización. En la actualidad, lo que se suele observar es la ausencia de este marco doctrinario y el empleo indistinto, arbitrario y antojadizo de conceptos respecto al currículo y todo lo que el fenómeno curricular involucra. La formulación y aprobación de esta doctrina curricular debe implicar la participación de la mayor parte de la comunidad universitaria, a través de las distintas instancias organizativas que existe. Debe comprometer la intervención de especialistas y autoridades en la materia; ser objeto de análisis, observaciones a nivel intra y extra universidad, de modo que cuente con un cierto consenso aprobatorio, lo cual ha de garantizar la identificación con su ejecución.  
    El conjunto de normas que conforman el cuerpo de doctrina curricular debe ser cuidadosamente redactado, en forma clara y precisa, de modo que no se preste a duda o doble interpretación. Ello es importante para el momento de construir y evaluar el plan curricular puesto que en estos procesos deberán utilizarse los mismos conceptos. No son normas rígidas pero tampoco cambiantes ante cualquier parecer derivado de la teoría o praxis curricular. Las normas deben ser permanentemente revisadas, recogiéndose las bondades y limitaciones que poseen para que puedan ser reajustadas cuando ello amerite.     
    Caracterizan el cuerpo de doctrina curricular su precisión, obligatoriedad, integralidad y carácter participativo.    
    Como normas que debieran ser aprobadas a nivel de Consejo Universitario, tienen carácter de obligatorias y deben ser cumplidas por todos quienes realizan alguna actividad en materia curricular; su integralidad  se pone de manifiesto al abordar todo aquello que se vincula con el fenómeno curricular (su previsión, implementación, ejecución y evaluación); y su carácter participativo se deriva del hecho de que en su elaboración intervienen, a través de una serie de mecanismos, los miembros de la comunidad universitaria: profesores, estudiantes y autoridades (a nivel de departamentos, escuelas, facultades, y, consejo universitario).

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